Los PAI que hagan crecer un 20% la población obligarán a revisar los planes generales

La normativa estatal obliga a revisar los planes generales de los municipios cuando una actuación urbanística conlleve, y aquí radica la novedad, “un incremento superior al 20% de la población o de la superficie de suelo urbanizado del municipio por sí misma o en unión de las aprobadas en los dos últimos años”, si transcurrido un año desde la entrada en vigor de la Ley del Suelo (es decir, hoy), “la legislación sobre ordenación territorial y urbanística no estableciera en qué casos el impacto de una actuación de urbanización obliga a ejercer de forma plena la potestad de ordenación”. (fuente:Levante) seguir leyendo…

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