El Consell Jurídic tapona el ‘coladero’ de una disposición transitoria de la LUV

Los ayuntamientos podrán denegar licencias urbanísticas a los promotores que, acogiéndose a la disposición transitoria tercera de la Ley Urbanística Valenciana (LUV), pretendan incrementar el número de viviendas aún sin alterar la edificabilidad. Un informe del Consell Jurídic Consultiu (CJC) considera que es suficiente la constatación del déficit de infraestructuras, entre las que incluye el suministro de agua, para que los municipios puedan denegar esta modificación. La transitoria podía ser utilizada como un auténtico coladero para ampliar el número de viviendas. (fuente: EL PAÍS - Valencia - 12/08/2007) más información…

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