Archivo de la Categoría 'Normativa'

Hoy 1 de Julio entra en vigor el decreto-ley de medidas urgentes para fomentar la Vivienda de Protección Pública (VPP) y la gestión del suelo.

La Generalitat pretende adaptar la Ley Urbanística Valenciana (LUV) a la Ley del Suelo, aprobada por el Gobierno central, una de las novedades de esta norma, es considerar áreas residenciales prioritarias, cuyo objetivo es establecer reservas de suelo destinado a VPP para dar respuesta a las necesidades de los ciudadanos en ámbitos territoriales superiores al municipio. Estas áreas favorecerán que la Generalitat, de manera autónoma o concertada con otras administraciones, proceda a la construcción de VPP para facilitar el acceso de los ciudadanos a “una vivienda digna”. En estas áreas el porcentaje de edificabilidad residencial destinada a vivienda protegida no podrá ser inferior al 50 por ciento en suelo urbanizable y al 30 por ciento en suelo urbano. Además, la nueva norma establece la reserva de VPP en función de la demanda, recogida en el Estudio de Demanda y Necesidad de Vivienda de la Comunitat Valenciana elaborado por la Generalitat. El decreto establece que en los suelos residenciales se deberá fijar la reserva de VPP para atender la demanda que se prevea en el Sistema Territorial de Indicadores de Demanda de Vivienda. Además, el planeamiento general de todos los municipios deberá adecuarse a las previsiones establecidas en estos indicadores.  Por otra parte, el nuevo Decreto-Ley de Medidas Urgentes hace una modificación del régimen del patrimonio público del suelo. Así, los bienes y recursos que integran el patrimonio público de suelo, así como los ingresos obtenidos mediante su venta, permuta o cesión, deberán ser destinados a la construcción de viviendas protegidas o a otras actuaciones de interés social, siempre y cuando la demanda de vivienda protegida esté satisfecha justificadamente.
Este aspecto se deberá acreditar en un programa municipal de carácter plurianual destinado a cubrir las necesidades de viviendas protegidas, concertado con la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.
Otro aspecto importante del decreto ley es la retribución obligatoria en suelo en aquellas actuaciones destinadas a vivienda protegida siempre que se desarrollen por gestión directa.El Decreto-Ley también concreta con carácter provisional el porcentaje de suelo en las actuaciones de transformación urbanística que corresponde a la Administración hasta que se produzca la total reforma de la LUV.De este modo, se establece un porcentaje concreto de aprovechamiento para cada una de las situaciones en que se encuentre incluido el suelo en una actuación urbanística, además de los supuestos excepcionales en el mismo podrá incrementarse o diminuirse.

Con carácter general, en las actuaciones en suelo urbano los propietarios deberán ceder, libres de cargas de urbanización, a la Administración las parcelas edificables correspondientes al 5 por ciento del aprovechamiento tipo. Descargar decreto-ley

Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo (.pdf y .doc)

Este RDL viene a completar la previsión normativa que ya recogía la Disposición final segunda de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo y su función no es otra que refundir el texto de ésta y los preceptos que aún quedaban vigentes del Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Se trata de un documento imprescindible para completar la legislación estatal básica en materia de suelo  (fuente: Blogurbanismo.com) seguir leyendo…

Urbanismo impulsa el PAI residencial de la Cossa…

Urbanismo impulsa el PAI residencial de la Cossa

El PAI residencial la Cossa de Onda se aproxima a convertirse muy pronto en una realidad. Después de que la comisión territorial de Urbanismo haya aprobado definitivamente la modificación puntual número 2 del PGOU de Onda…

( El Periódico Mediterraneo - 07/02/2008 )

COMISIONES DE URBANISMO, Bloqueo en el trámite y aprobación de numerosos planes.

La demora administrativa donde se ven afectados numerosos planes urbanísticos pendientes de aprobación es a consecuencia de no poder reunirse las comisiones territoriales de urbanismo de la comunidad valenciana, ya que no se han reunido desde las elecciones autonómicas, (Mayo 2007) lo que ha añadido un factor más de inquietud entre el colectivo empresarial vinculado a la actividad urbanística, dichas comisiones territoriales se encuentran en este momento en una fase de formación.El retraso es debido a la dificultad de estas formaciones de carácter administrativo y autonómico con cambio de nombre incluido, se procede ahora a la elección de sus representantes para las comisiones territoriales de Valencia, Castellón y Alicante, siendo un proceso lento y complejo, esperemos que para Noviembre se cumpla el decreto que establece un plazo máximo de dos meses después de que el pasado 25 de Septiembre se publicara en el diario oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) el decreto por el que se aprueba el reglamento de los órganos territoriales y urbanísticos de la Generalitat.(Fuente: Conselleria de medio ambiente, agua, urbanismo y vivienda)

Las leyes en materia urbanística sin refundir…

A la espera de que arranque a lo largo de la presente legislatura, la refundición de un único texto de las diferentes leyes autonómicas vigentes en materia de urbanismo, la normativa autonómica está repartida en cinco textos distintos, dicha mejora está retrasada desde hace algo más de un año, a pesar de que esta iniciativa está recogida en  la disposición final de la  (LUV) Ley Urbanística Valenciana,  la Generalitat aún no la ha puesto en marcha. 

NORMATIVA URBANÍSTICA AUTONÓMICA EN VIGOR DE CARÁCTER GENERAL

Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje. (LOTPP)

Ley 16/2005, de diciembre, Urbanística. (LUV)                        
Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del suelo no urbanizable.

Ley  de ordenación de la edificación. (LOE)

Ley Valenciana de la Vivienda.

NORMATIVA URBANÍSTICA AUTONÓMICA EN VIGOR DE CARÁCTER PARCIALDecreto 67/2006, 12 mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística aplicable a dichas leyes.

 A estas cinco leyes autonómicas, hay que añadir la ley de suelo,  aunque es de ámbito estatal,  crea una mayor complejidad y confusión al marco legislativo valenciano, donde se viene apoyando desde distintos sectores Empresariales y Políticos para que se refunda en una sola ley, con el fin de simplificar las diferentes definiciones y planteamientos en materia urbanística.

El CJC avala que se denieguen licencias urbanísticas si se incumple la normativa

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) de la Comunitat Valenciana avala que los ayuntamientos puedan denegar licencias urbanísticas de promotores que, acogiéndose a una disposición transitoria de la Ley Urbanística Valenciana (LUV), planteen proyectos edificatorios que incrementen de forma considerable el número de viviendas sin alterar la edificabilidad, “si se constata, mediante la oportuna información técnica, un déficit de infraestructuras, a no ser que se adapte el proyecto de urbanización a las nuevas necesidades planteadas” por la nueva norma urbanística. (fuente: Panorama Actual) más información…

La CE denunciará la ley urbanística valenciana ante el Tribunal de Luxemburgo

El comisario de Mercado Interior, Charlie McCreevy, anunció hoy que tiene previsto denunciar la ley urbanística valenciana (LUV) ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE) por infringir la normativa comunitaria en materia de contratación pública. Su portavoz, Oliver Drewes, explicó a Europa Press que la denuncia se presentará el próximo miércoles 27 de junio. (fuente: levante) más información…

El Plan General de Venta del Moro, aprobado tras siete años de trámites

El nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Venta del Moro ya ha sido aprobado por la Generalitat, después de “siete años de trámites”, en palabras de la alcaldesa de la localidad, María Amparo Cárcel (PP).

Ésta resaltó que espera que se repita el interés de varias promotoras en construir pequeñas urbanizaciones y viviendas residenciales en el pueblo, que no pudieron realizarse por la falta de suelo urbanizable. En su opinión, si un municipio quiere crecer hoy sólo puede hacerlo “con la construcción”, y anticipó que tienen previsto poner en marcha un polígono industrial.

El proyecto fue aprobado en julio de 2006 con el voto en contra de la Confederación Hidrográfica del Júcar y con una serie de deficiencias que, según la Comisión Territorial de Urbanismo, ya han sido corregidas. “El abastecimiento de agua está garantizado gracias a la legalización de unos pozos ubicados en el municipio”, concluyó Cárcel. (fuente: lasprovincias)

Los constructores deberán comprar cediendo suelo al Consell en parques naturales para poder seguir construyendo

La nueva norma se aplicará en los cambios de la calificación del terreno para urbanizar.

edifi_espe.jpg El principio que recogen la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje (LOTPP) y la Ley Urbanística Valenciana (LUV) ante las reclasificaciones de los terrenos. En ellas se establece que por cada metro de suelo que un promotor presente para su reclasificación, el empresario tendrá que comprar esa misma cantidad de terreno pero con la categoría de protegido y cederlo al patrimonio público.(fuente:lasprovincias.es)


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